Impuesto a las grandes fortunas: ¿en qué se invertirá lo recaudado?

Tras pasar dos semanas de su aprobación en el Congreso, se publicó la sanción de la Ley de “Aporte solidario, extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia”. Quiénes lo pagarán

 

 

Tras un extenso debate en ambas cámaras y las quejas de varias centrales empresarias por el tributo extraordinario, la Ley de Aporte Solidario de las Grandes Fortunas fue sancionada y publicada en el Boletín Oficial. En el texto se aclara quiénes pagarán y para qué serán utilizados los $300.000 millones que espera recaudar el Estado.

El Gobierno comenzó a proponer el proyecto hace varios meses, pero su debate en los recintos del Congreso se produjo recién entre noviembre y diciembre. La ley pasó con los votos suficientes tanto en Diputados como en Senadores y hoy se publicó la Ley 27605 firmada por la senadora Claudia Ledezma Abdala de Zamora y el presidente de la Cámara Baja, Sergio Massa.

En el texto se precisa quienes deberán pagar este aporte extraordinario por única vez que será utilizado para cubrir gastos de la pandemia, cómo su nombre lo indica, pero también a proyectos de urbanización y energía.

 

¿Quiénes pagarán el impuesto a las grandes fortunas?

Estarán alcanzadas las personas físicas residentes en el país, por la totalidad de sus bienes en la Argentina y en el exterior.

También alcanza a “aquellas personas humanas de nacionalidad argentina cuyo domicilio o residencia se encuentre en jurisdicciones no cooperantes o jurisdicciones de baja o nula tributación, en los términos de los artículos 19 y 20 de la Ley de Impuesto a las Ganancias”, según indica la ley.

En tanto, los que vivan en el exterior, pagarán por la totalidad de sus bienes en la Argentina.

El monto del aporte a ingresar se basará en una escala publicada hoy en el Boletín Oficial donde los porcentajes van del 2 al 3,5 por ciento, según la magnitud de las riquezas declaradas.

Por otra parte, por el total de los bienes situados en el exterior, los contribuyentes pagarán porcentajes que van desde el 3 al 5,25 por ciento, también en base a otra escala.

 

¿Para qué se utilizará el dinero recaudado?

Un 20 por ciento a la compra y/o elaboración de equipamiento médico, elementos de protección, medicamentos, vacunas y todo otro insumo crítico para la prevención y asistencia sanitaria.

Otro 20 por ciento a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas (Pymes) con el principal objetivo de sostener el empleo y las remuneraciones de sus trabajadores.

Un 20 por ciento más será destinado al programa integral de becas Progresar, que permitirá reforzar este programa que acompaña a las y los estudiantes con un incentivo económico y un importante estímulo personal en todos los niveles de formación.

Un 15 por ciento para el Fondo de Integración Socio Urbana (FISU), enfocado en la mejora de la salud y de las condiciones habitacionales de los habitantes de los barrios populares.

Un 25 por ciento a programas y proyectos que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación, de exploración, desarrollo y producción de gas natural, a través de Integración Energética Argentina S.A., la cual viabilizará dichos proyectos proponiendo y acordando con YPF S.A.

Related posts